Artículo Nº 6.- De los Estatutos
Podrán ser asociados las personas naturales que tengan la condición de médicos especialistas en Endocrinología, los mismos que tendrán las siguientes categorías:
Miembro Titular: Médico Especialista con tres años como Miembro Asociado y que presentó un trabajo de investigación. Tiene voz y voto, puede elegir y ser elegido.
Miembro Asociado: Médico Especialista que ingresa a la Sociedad por invitación de un titular. Tiene voz y voto. Puede elegir no puede ser elegido
Miembros Adscritos: Médico Residente de la especialidad con voz.
Miembro Honorario: Médico Especialista nacional o extranjero de la misma o de otra especialidad con méritos extraordinarios calificados por la Sociedad. No tiene voz ni
voto
Miembro Vitalicio: Miembro Titular, que alcanza dicha categoría a determinada edad (70 años) y con una antigüedad mínima en la Sociedad de 10 años. Tiene voz y voto.
Puede elegir y ser elegido.